¿Te han despedido y no sabes qué tipo de despido es? De eso depende directamente cuánto dinero te corresponde. En España existen varios tipos de despido y cada uno tiene una indemnización diferente — o ninguna.
Despido disciplinario
La empresa alega que has cometido una falta grave: absentismo, desobediencia, bajo rendimiento, etc. Si el despido se considera procedente, la indemnización es 0€. Si un juez lo declara improcedente, tienes derecho a 33 días por año.
Despido objetivo
La empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es legal y la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. La empresa debe darte 15 días de preaviso o pagártelos.
Despido improcedente
El juez determina que el despido no estaba justificado. Es el más beneficioso para el trabajador: 33 días de salario por año trabajado, máximo 24 mensualidades. Si tienes antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012, el tramo anterior se calcula a 45 días por año.
Despido colectivo o ERE
Afecta a un número mínimo de trabajadores según el tamaño de la empresa. La indemnización mínima es de 20 días por año, máximo 12 mensualidades, aunque el convenio o negociación puede mejorarla.
Fin de contrato temporal
Cuando tu contrato tiene fecha de fin y llega ese día. Te corresponden 12 días de salario por año trabajado.
Baja voluntaria
Tú decides irte. Indemnización: 0€. Pero tienes derecho al finiquito completo: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extras proporcionales.
Mutuo acuerdo
Empresa y trabajador acuerdan la extinción. La indemnización es lo que negocies — no hay mínimo legal, pero tampoco límite.
Tabla comparativa
| Tipo de despido | Indemnización | Máximo |
|---|---|---|
| Disciplinario procedente | 0€ | — |
| Disciplinario improcedente | 33 días/año | 24 mensualidades |
| Objetivo | 20 días/año | 12 mensualidades |
| Improcedente | 33 días/año | 24 mensualidades |
| ERE/Colectivo | 20 días/año | 12 mensualidades |
| Fin contrato temporal | 12 días/año | — |
| Baja voluntaria | 0€ | — |
| Mutuo acuerdo | Negociable | — |
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Los cálculos son orientativos, basados en el Estatuto de los Trabajadores y el SMI 2026. Consulte con un abogado antes de firmar.
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