Calculadora de Finiquito Sanidad Privada y Dependencia 2026

Si trabajas como personal sanitario (médico, DUE, TCAE, auxiliar) o de atención a la dependencia (gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio) en el sector privado, tu finiquito tiene una capa adicional de complejidad: turnos, nocturnidad, festivos, guardias y pluses específicos que elevan considerablemente tu salario regulador a efectos de indemnización.

Convenios y normativa de referencia

  • Convenio Colectivo Nacional de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consulta y Laboratorios de Análisis Clínicos — Marco general de la sanidad privada.
  • VIII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a Personas Dependientes — Residencias, centros de día y servicio de ayuda a domicilio (SAD).
  • Estatuto de los Trabajadores Art. 36 — Trabajo nocturno y a turnos.
  • RD 1146/2006 — Específico para personal sanitario en formación (residentes / MIR).

Particularidades clave

  • Plus de nocturnidad: Habitualmente del 25% sobre el salario base por hora trabajada entre 22:00 y 06:00. Si lo cobras regularmente, forma parte de tu salario regulador.
  • Plus de festivos y domingos: Reconocido en prácticamente todos los convenios sanitarios y de dependencia.
  • Guardias presenciales y localizadas: Ambas se retribuyen. Las presenciales son tiempo de trabajo; las localizadas, con un plus específico que tiene naturaleza salarial cuando es regular.
  • Plus de peligrosidad/penosidad: Aplicable en unidades de oncología, salud mental, urgencias, UCI, etc.
  • Complemento de carrera profesional / antigüedad: Trienios o niveles de carrera reconocidos en convenio que se integran en el salario.
  • Personal en formación (MIR/EIR): Tienen un régimen específico (RD 1146/2006) con guardias retribuidas que también computan en su finiquito.
💡 Consejo: Suma al salario bruto mensual la media real de nocturnidad, guardias y festivos de los últimos 12 meses. En sanidad estos pluses pueden suponer un 20-40 % adicional al salario base y, por tanto, una indemnización notablemente mayor.

Calcula tu finiquito en sanidad privada

Art. 38.3 ET: Si no disfrutaste vacaciones por incapacidad temporal, tienes derecho a percibirlas íntegras en el finiquito sin que caduquen al terminar el año natural.

Algoritmo actualizado según el Estatuto de los Trabajadores 2026 · Cálculo orientativo gratuito

Preguntas frecuentes — Sanidad y Dependencia

Trabajo a turnos en una clínica privada, ¿cómo afecta la nocturnidad a mi finiquito?

El plus de nocturnidad (trabajo entre 22:00 y 06:00) está reconocido en el Estatuto de los Trabajadores (Art. 36) y desarrollado en los convenios sanitarios. Si lo cobras de forma regular, se integra en el salario regulador para calcular vacaciones no disfrutadas, pagas extras prorrateadas e indemnización por despido.

Hago guardias localizadas y presenciales, ¿se computan?

Las guardias de presencia física son tiempo de trabajo efectivo y su retribución forma parte del salario. Las guardias localizadas (estar disponible) se retribuyen con un plus específico que también forma parte del salario regulador si se cobra regularmente. Conserva nóminas y cuadrantes como prueba.

Soy auxiliar en residencia de dependencia, ¿qué convenio se me aplica?

Las residencias y centros de día se rigen por el VIII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal. Reconoce nocturnidad, festivos, plus de domingos y trienios. Tu finiquito debe incluir todos esos complementos consolidados.

¿El plus de festivos cuenta para la indemnización si trabajo habitualmente fines de semana?

Sí. Cuando los complementos por festivos, domingos o fines de semana son habituales y consolidados (no eventuales), tienen naturaleza salarial y deben formar parte de la base de cálculo de la indemnización y de las pagas extras prorrateadas.

Calculadoras de finiquito por sector

Cada convenio tiene sus particularidades. Elige la calculadora adaptada a tu sector.